Cortes de internet: qué descuento te deben por ley en Chile

Por Elkis Daza·Actualizado: septiembre 2026·6 min de lectura

Respuesta corta

La Ley 18.168 General de Telecomunicaciones (artículo 27) obliga a descontar de tu boleta cualquier corte de internet no atribuible a ti que supere 6 horas en un día o 12 horas —seguidas o sumadas— en el mes: un día de descuento por cada 24 horas o fracción sobre esas 6. Si el corte pasa de 48 horas en el mismo mes, además corresponde una indemnización equivalente al triple de la tarifa diaria por cada día cortado.

Cuándo tienes derecho a descuento

El derecho no depende de que el operador lo reconozca primero: está fijado en el artículo 27 de la Ley N.º 18.168, General de Telecomunicaciones (texto en bcn.cl). La norma obliga a descontar la tarifa mensual cuando el servicio de telecomunicaciones o internet se suspende, interrumpe o degrada por una causa que no depende de ti, y esa falla supera uno de estos dos umbrales:

Más de 6 horas en un mismo día

Un corte único que se extiende más de 6 horas dentro de un mismo día calendario.

Más de 12 horas en el mes, seguidas o sumadas

Varios cortes más cortos el mismo mes que, sumados, superan las 12 horas —no necesitan ser continuos.

Un corte que causaste tú —por ejemplo, por atraso en el pago o por dañar el equipo— no da derecho a descuento: la ley exige que la interrupción sea «por causa no imputable al usuario».

Cómo se calcula el descuento

La fórmula legal es simple una vez que superas el umbral: se descuenta un día de tarifa por cada 24 horas de corte, o fracción superior a 6 horas. En la práctica:

Duración del corteDías que te deben descontar
7 horas1 día de tarifa
20 horas1 día de tarifa
26 horas1 día de tarifa
50 horas2 días de tarifa (más la indemnización de la sección siguiente)

«Un día de tarifa» equivale al valor de tu plan mensual dividido por los días del mes facturado, no un monto fijo igual para todos los planes.

Indemnización si el corte es largo

Si la suspensión o interrupción supera las 48 horas continuas o discontinuas en el mismo mes, el mismo artículo 27 obliga al operador a algo adicional al descuento: una indemnización equivalente al triple del valor de la tarifa diaria por cada día de corte.

La excepción: esta indemnización adicional no corresponde cuando el corte se debe a fuerza mayor o caso fortuito —por ejemplo, un temporal que daña la infraestructura de la zona—, según el mismo artículo. El descuento base de la sección anterior no lleva escrita esa excepción.

Cómo y cuándo te lo aplican

Según la información publicada por Subtel, el descuento se aplica en el documento de cobro más próximo a la fecha del corte, sin que tengas que pedirlo boleta por boleta.

Si el operador no te lo aplica

Revisa la boleta del período siguiente al corte. Si el descuento no aparece, el camino es el mismo que para cualquier otro reclamo de servicio:

  1. Reclama primero al operador, con las fechas y el horario exacto del corte —revisa si guardaste algún ticket de soporte del momento en que reportaste la falla.
  2. Si el operador no responde o no aplica el descuento que corresponde, escala el reclamo a la Subtel. El proceso completo, con los canales y los plazos de respuesta, está en cómo reclamar ante la SUBTEL.

El artículo 27 no cambia por operador: aplica igual a cualquier proveedor de servicio público de telecomunicaciones en Chile, sea cual sea la fibra o tecnología que uses en tu domicilio.

Preguntas frecuentes

¿El corte se repite seguido?

Un descuento en la boleta no arregla un servicio que falla cada semana. Revisa qué otros operadores llegan a tu edificio.